Copa Libertadores

Castigo definido

La Conmebol, Confederación Suramericana de Fútbol, anunció las sanciones deportivas y económicas para Boca Juniors por los incidentes ante River Plate.

River Plate jugará los cuartos de final ante Cruzeiro de Brasil. Foto: EFE
River Plate jugará los cuartos de final ante Cruzeiro de Brasil. Foto: EFE

La Conmebol, Confederación Suramericana de Fútbol, anunció las sanciones deportivas y económicas para Boca Juniors por los incidentes ante River Plate.

La Confederación Suramericana de Fútbol, Conmebol, tomó las siguientes determinaciones con relación al clásico suspendido entre Boca Juniors y River Plate por agresión con un gas irritante a los jugadores de River en el duelo de vuelta de los ocatvos de final de la Copa Libertadores:

1. Descalificar al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS de la Copa Bridgestone Libertadores 2015, sin exclusión de futuras competencias.

2. Imponer al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS una sanción consistente en jugar sus próximos cuatro (4) partidos como local en competiciones oficiales organizadas por la CONMEBOL a puerta cerrada.

3. Prohibir al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS vender entradas a sus aficionados para los próximos cuatro (4) partidos que dispute como visitante en competiciones oficiales organizadas por la CONMEBOL. Esta prohibición de venta de entradas se extiende a los aficionados del CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS se extiende a los clubes que actúen como local en los referidos encuentros.

4. Imponer al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS una multa como sanción accesoria de 200.000 USD (DOSCIENTOS MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisión o Patrocinio, o en su defecto deberá ser abonado total o parcialmente en la cuenta bancaria que la CONMEBOL indique para esta finalidad.

5. Advertir expresamente al CLUB ATLÉTICO BOCA JUNIORS que en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza a la que ha traído causa el presente procedimiento será de aplicación lo dispuesto en el Art. 43 del Reglamento Disciplinario, y las consecuencias que del mismo se puedan derivar.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL en el plazo de siete días desde el siguiente a la notificación de esta decisión.

Luque, Gran Asunción, 16 de mayo de 2015. 

Interlatin

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